Obligación de funcionarios públicos de Costa Rica a vacunarse comienza a regir

Aquellos que rechacen la aplicación de la dosis tendrán una multa de 462 mil colones

Por: Andres Chacón

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A partir de este, 15 de octubre de 2021, todo trabajador del sector público de Costa Rica está obligado a vacunarse contra el COVID-19; el decreto firmado por el Gobierno de Costa Rica, indica que aquellos funcionarios que rechacen la aplicación de la vacuna, serán sancionados con una multa de 462 mil colones y una denuncia ante el Ministerio Público.

El decreto ejecutivo número 43239-S, que fue firmado el pasado 28 de setiembre por el presidente Carlos Alvarado y el ministro de Salud, Daniel Salas, incluye también a aquellos funcionarios del sector privado cuyos patronos decidan acoplar la directriz en su empresa e incluyen las mismas sanciones en caso de que un empleado no quiera aplicarse la vacuna.

La Comisión Nacional de Vacunación dio visto bueno a la obligatoriedad de la aplicación de la vacuna a funcionarios de la Cruz Roja, Caja Costarricense del Seguro Social, Ministerio de Salud y funcionarios de atención directa del Instituto Nacional de Seguros desde el mes de febrero del presente año.

El decreto fue impulsado por presión de diversos sectores, como la Unión Médica Nacional y la Cámara de Comercio, quienes clamaban por incentivar la vacunación en los habitantes costarricenses y así, generar reactivación económica derivada del alivio en las restricciones sanitarias.

Sin embargo, este panorama ya ha generado dos recursos ante la Sala Constitucional por parte de funcionarios, ambos anónimos, quejándose de este decreto. La funcionaria quien presentó un recurso de Hábeas Corpus, alegó que es alérgica a varios medicamentos y que, si llegase a aplicarse la vacuna, podría entrar en una situación de riesgo. El segundo funcionario que presentó un recurso de amparo, abogó que no se conocen los efectos de la vacuna a largo plazo.

Además, el Gobierno impuso un plazo determinado para que las instituciones de carácter público, presenten un informe sobre la planilla en el que se detalle el porcentaje de personas vacunadas, no vacunadas y las que, por razones médicas, bajo un certificado oficial, no puedan aplicarse la vacuna. Este informe deberá ser presentado el 5 de noviembre a más tardar.

Para el 26 de noviembre, las empresas públicas deberán presentar el segundo informe con la misma información ya actualizada.

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