Por: José de Jesús Morales Aburto
Estudiante de Comunicación y Relaciones Públicas-UCC
Estudiante de Publicidad-ULACIT
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Circula por redes sociales los hashtag #PrensaSinCensura #NoAlaLeyMordaza #LibertadDeExpresión frente al descontento ciudadano por la aprobación de la reciente ley de ciberdelitos o ley mordaza; el congreso nicaragüense encabezado mayormente por diputados pro gobierno (FSLN) emitió 70 votos a favor y 16 votos por parte de la oposición; dicho marco jurídico pretende sancionar de 2 a 4 años de prisión a las personas o entidades que emitan publicaciones en redes sociales o medios de comunicación en contra del gobierno Ortega Murillo (ORMU), o bien, como ellos lo denominan mensajes de odio, declarando así un panorama obligado a la autocensura y al control absoluto de la información violentado lo establecido en artículo 30 de su carta magna: “Los nicaragüenses tienen derecho a expresar libremente su pensamiento en público o en privado, individual o colectivamente, en forma oral, escrita o por cualquier otro medio.”
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Por otro lado, para el investigador de comunicación, Guillermo Rothschuh (2020), plantea que esta es una ley intimidatoria que quiere restringir el único medio que ha sobrevivido para la democratización, como son las redes sociales.
El contexto de la libertad de expresión en esta nación se agudiza cada vez más, generando así políticas que más allá de garantizar un ejercicio pleno a la libertad de expresión han creado mecanismos para el acaparamiento absoluto de la información y medios, prueba de ello, es que Ortega desde el inicio de su mandato en el 2007 ha reformado diversos artículos de la constitución política, así como de leyes, como la de Telecomunicaciones (Ley 200), que permite el otorgamiento de las licencias televisivas y radiales a una sola persona, adjudicándose así la mayoría de canales de televisión como una forma de controlar la información creando un sesgo en la misma, de acuerdo con Rothschuh (2015):
“el acaparamiento de los medios audiovisuales de parte de cualquier político tiene efectos negativos para la libertad de expresión y la democracia.”
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Pese a que este país cuenta con una de las mejores leyes a nivel latinoamericano en cuanto al acceso a la información pública o ley 621, el derecho a la manifestación ciudadana siguen bajo condicionamientos, este marco jurídico en el capítulo I y en el artículo 4 con respecto al principio de participación ciudadana establece:
“las entidades sometidas al imperio de esta Ley promoverán la participación ciudadana. A tales fines los ciudadanos podrán directamente o a través de cualquier medida, solicitar la información que requieran para presentar propuestas y formular opiniones sobre la gestión pública del país.” (2007, p 1)
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Más allá de propiciar leyes que protejan y garanticen el ejercicio de la libertad de expresión, gobiernos como el Nicaragua han implantado un contexto de absoluto control, miedo y censura que infringe derechos humanos tan fundamentales como la privacidad y la libertad de expresión, la sociedad de hoy cada vez estamos expuesto a una vida hipervigilada donde nuestra participación ciudadana es medida por leyes como la impuesta por el ejecutivo nicaragüense. Consideró que la democracia no debe ser expuesta por elementos de corrupción que atentan con nuestra capacidad de defender, expresar y actuar. Es insoslayable que se puedan generar marcos legales que promuevan la participación libre y masiva de los ciudadanos por cualquier medio.